Recurso educativo de operación privada. No está afiliado al gobierno de EE. UU.

Ayuda humanitaria y urgente

Detuvieron a alguien por ICE: lista para las primeras 48 horas

Busca a la persona en el Localizador de Detenidos en Línea de ICE con su número A o con su nombre exacto y país de nacimiento. Después, comunícate de inmediato con un abogado de inmigración o un representante acreditado y reúne documentos que prueben su identidad, su fecha de entrada y sus lazos familiares. Dile a la persona que no firme nada que no entienda. En 2026, el derecho a pedir fianza depende del lugar.

Couple signing a document across a desk from an advisor in a suit

Para quién es esta lista

Esta página es para familiares, amigos y empleadores de una persona que acaba de ser arrestada o detenida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (ICE). También es para quienes temen que esto les pueda pasar. Los primeros dos días son importantes. En ese tiempo puedes encontrar a la persona, reunir la información que un abogado va a necesitar y evitar errores que son difíciles de corregir. La mayoría de las personas no pueden enfrentar bien un proceso de deportación sin ayuda legal, así que el paso más importante de esta lista es conseguir pronto a un abogado calificado.

Mantén la calma y ve paso a paso. No necesitas entender las leyes de inmigración para ayudar. Lo que necesitas son los datos básicos de la persona, una forma de encontrarla y un abogado calificado o un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ). Nuestra página de ayuda legal gratuita tiene opciones de organizaciones sin fines de lucro y servicios pro bono (gratuitos), y nuestra sección de ayuda humanitaria y urgente explica otras protecciones relacionadas.

Neoclassical courthouse facade with tall columns and wide stone steps under a blue sky

Las primeras 48 horas: lista paso a paso

  1. Reúne los datos de identificación de la persona. Necesitas su nombre legal completo y cualquier otra forma en que escriba su nombre, su fecha de nacimiento y su país de nacimiento. También necesitas su número A (Número de Registro de Extranjero o A-number), si tiene uno. Es un número de 9 dígitos (los más antiguos tienen 8 dígitos; en ese caso, agrega un cero al principio) que aparece en permisos de trabajo, green cards (tarjetas de residencia permanente), avisos de USCIS y en la Notificación de Comparecencia (Notice to Appear). Busca entre sus papeles en casa.
  2. Busca en el Localizador de Detenidos en Línea de ICE. Entra a ice.gov/locator. Puedes buscar con el número A y el país de nacimiento, que es el método más confiable. También puedes buscar con el nombre exacto y el país de nacimiento. Prueba diferentes formas de escribir el nombre e incluye los dos apellidos si la persona usa dos. El localizador no muestra a menores de 18 años. Es posible que una persona no aparezca hasta un día o más después del arresto, y la información puede tener varias horas de retraso. Si no encuentras a la persona, sigue revisando. También puedes llamar a la oficina local de Operaciones de Control y Deportación (ERO) de ICE. Los datos de contacto de las oficinas están en ice.gov.
  3. Llama al centro de detención. Cuando sepas dónde está la persona, llama para confirmar que está ahí. Pregunta por las reglas de visita, cómo depositar dinero en su cuenta para llamadas telefónicas y cómo puede un abogado programar una visita o llamada legal. Con frecuencia trasladan a las personas de un centro a otro, a veces a otros estados, así que revisa el localizador todos los días.
  4. Comunícate con un abogado o un representante acreditado. Hazlo lo antes posible, de preferencia el mismo día. Busca un abogado de inmigración con licencia (puedes verificar su membresía en el colegio de abogados en el sitio web del colegio de abogados del estado, o "state bar") o un representante acreditado por el DOJ que trabaje en una organización sin fines de lucro reconocida. El sistema de cortes de inmigración (EOIR) publica una lista de proveedores de servicios legales gratuitos por estado. La ayuda legal es especialmente urgente si la persona lleva menos de dos años en EE. UU., tiene una orden de deportación anterior o tiene antecedentes penales. En esas situaciones, la deportación puede ocurrir rápido.
  5. Reúne documentos para el abogado. Junta lo siguiente:
    • Pasaporte, acta de nacimiento y cualquier documento de inmigración de EE. UU.
    • Todos los avisos de USCIS o de la corte de inmigración
    • Pruebas de la fecha de entrada y de cuánto tiempo ha vivido la persona en EE. UU.: contratos de renta, talones de pago, declaraciones de impuestos, registros escolares y médicos
    • Registros de cualquier arresto o caso judicial, con el resultado de cada uno
    • Actas de nacimiento de hijos o familiares que sean ciudadanos de EE. UU.
    • Pruebas de lazos con la comunidad: cartas, una carta del empleador, membresía en una iglesia o grupo comunitario
    • Registros médicos si la persona tiene una condición de salud o necesita medicamentos
    Estos papeles son importantes para la fianza y para cualquier defensa.
  6. Pídele a la persona que no firme nada que no entienda. Algunos formularios renuncian a derechos importantes, como una "deportación estipulada" (stipulated removal) o una solicitud de retorno voluntario. Firmar uno puede llevar a una deportación rápida y a prohibiciones futuras para volver. Una persona detenida puede pedir hablar con un abogado antes de firmar y puede pedir un intérprete.
  7. Recuérdale su derecho a guardar silencio. La persona puede negarse a responder preguntas sobre dónde nació, cómo entró al país o su historial migratorio hasta que haya hablado con un abogado. Nunca debe mentir ni mostrar documentos falsos. Consulta conoce tus derechos.
  8. Busca el caso en la corte, si hay uno. Si la persona recibió una Notificación de Comparecencia, revisa su caso en la corte de inmigración con el número A. Usa el portal de Información Automatizada de Casos de EOIR en la página de información de casos en línea de EOIR, o llama al 1-800-898-7180 (TDD 1-800-828-1120), según lo publicado por EOIR en octubre de 2026. Ahí aparece la fecha de la próxima audiencia y la corte.
  9. Organiza el cuidado de los hijos y dependientes. Si la persona detenida es madre, padre o cuidador, haz un plan con un cuidador temporal. Asegúrate de que las escuelas sepan quién puede recoger a los niños.
  10. Protege los asuntos de la persona. Sigue pagando la renta y las cuentas si puedes. Recoge su último cheque de pago y guarda en un lugar seguro su teléfono y sus documentos. Ten cuidado con lo que compartes en redes sociales.

La Notificación de Comparecencia y la corte de inmigración

La Notificación de Comparecencia (Formulario I-862) es el documento de cargos que inicia el proceso de deportación en la corte de inmigración. Incluye las acusaciones del gobierno, como la nacionalidad de la persona y cómo entró al país, y los cargos legales. Un juez de inmigración decide el caso. Los jueces de inmigración pertenecen a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) del Departamento de Justicia, no a ICE. Los casos de personas detenidas avanzan más rápido, en un calendario especial para detenidos ("detained docket").

En la primera audiencia, llamada audiencia preliminar o "master calendar hearing", el juez explica los cargos y pregunta si la persona tiene abogado. La persona puede pedir tiempo para conseguir uno. Más adelante, la persona puede solicitar un alivio contra la deportación. Según los hechos, el alivio puede incluir asilo, suspensión de la deportación (withholding of removal), protección bajo la Convención contra la Tortura, cancelación de la deportación o ajuste de estatus. Si la persona no se presenta a una audiencia, el juez puede emitir una orden de deportación en su ausencia, así que siempre mantén informada a la corte de una dirección actual.

¿Puede una persona detenida salir bajo fianza? Qué ha cambiado

A gavel and an immigration law book with U.S. passports

Una fianza de inmigración es dinero que se paga a ICE para que liberen a una persona mientras su caso continúa. El dinero se devuelve si la persona se presenta a todas sus audiencias. ICE puede fijar una fianza, o un juez de inmigración puede realizar una audiencia de fianza. El juez considera si existe riesgo de que la persona huya o si representa un peligro. Según la ley, la fianza mínima es de $1,500 y no hay un máximo.

El derecho a pedir fianza está en disputa desde julio de 2025. Ese mes, ICE empezó a tratar a las personas que entraron a EE. UU. sin inspección como "solicitantes de admisión". Las colocó bajo una ley de detención obligatoria, la sección 235(b)(2)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), en lugar de la ley de detención discrecional (sección 236(a)) que permite audiencias de fianza. En 2025, la Junta de Apelaciones de Inmigración adoptó la misma postura en Matter of Yajure Hurtado. Como resultado, a muchas personas que llevaban años viviendo en el país y fueron arrestadas dentro de EE. UU. se les dijo que no podían pedirle fianza a un juez.

  • La mayoría de las cortes federales de apelaciones que han decidido sobre este tema han rechazado la interpretación del gobierno. En 2026, entre ellas están los Circuitos Segundo, Sexto, Décimo, Undécimo y Primero. Los Circuitos Quinto y Octavo han confirmado la detención obligatoria. Por eso, en algunos estados un juez puede realizar una audiencia de fianza y en otros se puede negar.
  • En Maldonado Bautista, una corte federal del Distrito Central de California certificó una demanda colectiva a nivel nacional. Más tarde anuló Yajure Hurtado. A finales de marzo de 2026, el Noveno Circuito suspendió esas órdenes mientras continúa la apelación. Según la ACLU, por ahora la orden de demanda colectiva nacional y la anulación no están vigentes, y solo las personas detenidas en el Distrito Central de California pueden pedir fianza con base en este caso.
  • El 1 de octubre de 2026, la Corte Suprema de EE. UU. aceptó decidir la cuestión en Rhoney v. Barbosa da Cunha (No. 26-104). Hasta que decida, la respuesta depende de dónde está detenida la persona, de los hechos del caso y de cualquier orden de una corte federal.

Qué significa esto en la práctica: pregúntale al abogado en qué ley de detención se está basando ICE. Pregunta si en tu estado es posible una audiencia de fianza, una solicitud de reconsideración o una petición federal de hábeas corpus. Algunas personas están sujetas a detención obligatoria por otras razones, como ciertas condenas penales, sin importar esta disputa. Tener derecho a pedir fianza no significa que el juez la vaya a conceder.

Deportación acelerada: deportación rápida sin juez

La deportación acelerada (expedited removal) permite que los oficiales de inmigración ordenen la deportación de algunas personas sin una audiencia ante un juez de inmigración. Por ley, se puede aplicar a personas que no puedan demostrar que han estado en EE. UU. de forma continua durante dos años. El 21 de enero de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) la amplió al máximo que permite la ley, lo que significa en cualquier parte del país y no solo cerca de la frontera (90 FR 8139). En 2025, una corte federal de distrito suspendió esa ampliación. El 23 de junio de 2026, el Circuito de D.C., en Make the Road New York v. Mullin, anuló esa suspensión, lo que permite que el DHS vuelva a aplicar la deportación acelerada en el interior del país. Puede haber más apelaciones, así que pregúntale a un abogado si el fallo sigue vigente cuando surja tu caso.

  • Es muy importante tener pruebas de al menos dos años de presencia continua. Contratos de renta, talones de pago, registros escolares, declaraciones de impuestos y registros médicos pueden ayudar, así que guarda copias en un lugar donde tu familia pueda encontrarlas.
  • Si una persona en deportación acelerada dice que tiene miedo de regresar a su país, deben enviarla a una entrevista de miedo creíble con un oficial de asilo.

Salida voluntaria y otros resultados

La salida voluntaria (voluntary departure) permite que una persona salga de EE. UU. por su propia cuenta y antes de una fecha límite, sin una orden formal de deportación. Esto puede facilitar volver de forma legal en el futuro. Un juez puede concederla al inicio del caso (hasta 120 días) o al final (hasta 60 días, con condiciones y una fianza). No salir antes de la fecha límite trae multas civiles y una prohibición de 10 años para varias formas de alivio. La salida voluntaria significa renunciar a la oportunidad de pelear el caso, así que decide solo después de recibir asesoría legal. Es diferente de firmar papeles de "retorno voluntario" (voluntary return) en un centro de detención.

Otros resultados posibles incluyen la liberación bajo fianza, la liberación bajo permiso de permanencia temporal (parole) o supervisión, un alivio concedido por el juez o una orden de deportación. Por lo general, una orden de deportación se puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), y la apelación debe recibirse dentro de 30 días calendario a partir de la decisión. Ese plazo es estricto. Nuestra calculadora de plazos puede contar los días, pero comunícate con un abogado de inmediato. Desde el 1 de octubre de 2026, la tarifa de EOIR para una apelación (Formulario EOIR-26) es de $1,060.

Cómo evitar fraudes cuando eres más vulnerable

Las familias de personas detenidas son blanco frecuente de fraudes. Ten cuidado con cualquier persona que:

  • Garantice la liberación o un resultado rápido
  • Pida efectivo o una transferencia de dinero para "un oficial"
  • Se presente como notario, consultor o "especialista en inmigración" sin licencia de abogado ni acreditación del DOJ (en EE. UU., un notario público no es abogado)

Solo los abogados y los representantes acreditados pueden dar asesoría legal. Paga las fianzas solo por los medios oficiales de ICE. Lee cómo evitar fraudes de inmigración.

Preguntas para el abogado

  • ¿Qué ley de detención está usando ICE y podemos pedir fianza en este estado?
  • ¿La persona está en un proceso de deportación regular, en deportación acelerada o en la reinstalación de una orden anterior?
  • ¿Qué formas de alivio podrían aplicar y qué plazos están corriendo ahora?
  • ¿Qué documentos debemos reunir esta semana?
  • ¿Cuánto cobra y qué cubre exactamente: audiencia de fianza, caso en la corte, apelación?

Esta lista es información general, no asesoría legal. Cada caso es diferente y nadie puede prometer un resultado específico.

Preguntas frecuentes

¿Cómo encuentro a alguien que fue detenido por ICE?

Usa el Localizador de Detenidos en Línea de ICE en ice.gov/locator. Busca con el número A y el país de nacimiento, o con el nombre exacto y el país de nacimiento. Los arrestos recientes pueden tardar en aparecer, y los menores de 18 años no aparecen. Si no encuentras a la persona, sigue revisando y comunícate con la oficina local de ERO de ICE. Un abogado también podría ayudarte a encontrarla.

¿Puede mi familiar salir bajo fianza en 2026?

Depende. Desde julio de 2025, ICE ha tratado a muchas personas que entraron sin inspección como si no tuvieran derecho a fianza. Las cortes federales no están de acuerdo sobre esto, y el 1 de octubre de 2026 la Corte Suprema aceptó decidir el tema. Las personas detenidas en algunos circuitos pueden tener audiencias de fianza y otras no. Pregúntale a un abogado qué regla aplica donde está detenido tu familiar.

¿Debe mi familiar firmar los papeles que le da ICE?

No sin entenderlos. Algunos documentos aceptan la deportación o el retorno voluntario y renuncian al derecho de ver a un juez. Eso puede traer prohibiciones para volver a EE. UU. Una persona detenida puede pedir un intérprete y puede pedir hablar con un abogado antes de firmar. Nunca debe firmar un documento que no pueda leer.

¿Qué es el número A y dónde lo encuentro?

El número A, o Número de Registro de Extranjero (A-number), es el número de identificación que el gobierno le da a una persona que no es ciudadana. Por lo general tiene 9 dígitos y empieza con A. Aparece en las green cards, los permisos de trabajo, los avisos de USCIS y la Notificación de Comparecencia. Lo necesitas para buscar de forma confiable en el localizador de detenidos y para revisar el estado del caso en la corte de inmigración.

¿Cómo reviso la fecha de la corte de inmigración?

Usa el portal de Información Automatizada de Casos de EOIR, al que se llega desde justice.gov/eoir, o llama al 1-800-898-7180, número que EOIR publicó en octubre de 2026. Para ambos necesitas el número A de la persona. Muestran la fecha de la próxima audiencia, el lugar de la corte y algunas decisiones del caso. Los avisos que la corte envía por correo siguen siendo el registro oficial, así que guárdalos.

¿Puede un notario ayudar con un caso de deportación?

No. En EE. UU., un notario público o un consultor de inmigración no puede dar asesoría legal ni representar a nadie en la corte de inmigración. Solo pueden hacerlo los abogados con licencia y los representantes acreditados por el DOJ que trabajan en organizaciones reconocidas. Usar a alguien no autorizado puede causar plazos vencidos o trámites con información falsa que dañen gravemente un caso.

Fuentes oficiales

  1. ICE – Sistema de Localización de Detenidos en Línea (Online Detainee Locator System)
  2. EOIR – Consultar el estado del caso
  3. EOIR – Lista de proveedores de servicios legales pro bono
  4. Federal Register – Designación de extranjeros para deportación acelerada, 90 FR 8139 (24 de enero de 2025)
  5. Circuito de D.C. – Make the Road New York v. Mullin, No. 25-5320 (23 de junio de 2026)
  6. Expediente de la Corte Suprema – No. 26-104
  7. ACLU – Página del caso Maldonado Bautista v. DHS
  8. Federal Register – Ajuste por inflación de las tarifas OBBBA de EOIR, año fiscal 2027

Información general, no asesoría legal. Las reglas de inmigración cambian y cada caso es diferente; habla con un abogado de inmigración calificado sobre tu situación. USVisa.com no es un sitio web del gobierno. ¿Viste un error? Avísanos.