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Familia

Green card por familia: peticiones, tiempos de espera y costos

Una green card (tarjeta de residencia permanente) por familia empieza con el Formulario I-130, que presenta un ciudadano de EE. UU. o una persona con green card. Los familiares inmediatos de ciudadanos pueden avanzar justo después de la aprobación; los demás familiares esperan su fecha en el Boletín de Visas (Visa Bulletin), a veces durante décadas. Los patrocinadores deben firmar una declaración jurada de patrocinio económico I-864, y las reglas de carga pública cambiaron el 18 de septiembre de 2026.

A family embracing at home, a child holding a small U.S. flag

Para quién es esta guía

Esta guía es para ciudadanos de EE. UU. y personas con green card (tarjeta de residencia permanente) que quieren traer a un familiar a vivir de forma permanente en Estados Unidos, y para los familiares que están siendo patrocinados. Explica la petición (Formulario I-130), cómo la categoría define la espera, las reglas de patrocinio económico, los cambios de carga pública que entraron en vigor en septiembre de 2026, los pasos principales y las tarifas oficiales a octubre de 2026. Los cónyuges y los prometidos tienen sus propias guías: green card por matrimonio y visa K-1.

Family with two young children sharing a meal at a dining table in a bright home

¿Quién puede patrocinar a un familiar para una green card?

El patrocinador (el “peticionario”) debe ser ciudadano de EE. UU. o residente permanente legal y debe demostrar la relación familiar con documentos como actas de nacimiento y de matrimonio. Los familiares que califican se dividen en dos grupos:

  • Familiares inmediatos de ciudadanos de EE. UU. (cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos de 21 años o más). No hay límite anual.
  • Familiares de preferencia en las categorías F1 (hijos adultos solteros de ciudadanos), F2A (cónyuges e hijos menores de residentes), F2B (hijos adultos solteros de residentes), F3 (hijos casados de ciudadanos) y F4 (hermanos de ciudadanos adultos). Estas categorías comparten un número limitado de visas cada año.

El familiar también debe ser admisible, es decir, no tener un problema penal, migratorio, de salud, de seguridad o de carga pública que lo descalifique, a menos que exista un perdón (waiver) y se lo concedan. En nuestra guía principal de inmigración por familia hay un resumen completo de las categorías.

¿Cuánto hay que esperar? Fechas del Boletín de Visas (noviembre de 2026)

En los casos de preferencia, la fecha en que USCIS recibe el I-130 se convierte en la fecha de prioridad del familiar. Cada mes, el Departamento de Estado publica fechas límite. Un familiar puede terminar su caso solo cuando su fecha de prioridad es anterior a la “fecha de acción final” (final action date) de su categoría y país de nacimiento. La tabla muestra las fechas de acción final del Boletín de Visas (Visa Bulletin) de noviembre de 2026.

CategoríaLa mayoría de los paísesIndiaMéxicoFilipinas
F122 de enero de 202122 de enero de 202122 de septiembre de 20081 de noviembre de 2013
F2A22 de octubre de 202622 de octubre de 202622 de abril de 202622 de octubre de 2026
F2B22 de agosto de 202022 de agosto de 202015 de mayo de 20101 de octubre de 2013
F322 de octubre de 201522 de octubre de 201515 de julio de 200122 de julio de 2006
F422 de octubre de 201215 de diciembre de 200622 de abril de 200115 de mayo de 2008

Las personas nacidas en China continental usan las fechas de “la mayoría de los países” en todas las categorías familiares de noviembre de 2026. Las fechas pueden avanzar, quedarse igual o retroceder. El boletín también tiene una segunda tabla, “fechas para presentar” (dates for filing), que permite a algunos solicitantes dentro de Estados Unidos presentar el Formulario I-485 antes. USCIS anuncia cada mes qué tabla deben usar los solicitantes patrocinados por familia en su página “Adjustment of Status Filing Charts from the Visa Bulletin”, así que revísala antes de presentar. Sigue los cambios con nuestro monitor del Boletín de Visas.

La declaración jurada de patrocinio económico (Formulario I-864)

Casi todos los inmigrantes por familia necesitan un patrocinador que firme el Formulario I-864, un contrato con el gobierno federal en el que promete mantener al inmigrante con al menos el 125% de las guías federales de pobreza. La obligación generalmente dura hasta que el inmigrante se hace ciudadano, acumula 40 trimestres de trabajo que califican, sale del país de forma permanente o muere. No termina con el divorcio.

  • El peticionario debe firmar un I-864 aunque sus ingresos sean bajos. Si no alcanzan, un copatrocinador (joint sponsor) o un miembro del hogar (Formulario I-864A) puede sumar ingresos, y los bienes también pueden contar.
  • Para 2026, el 125% de la guía para los 48 estados contiguos y D.C. es $27,050 para un hogar de dos personas, $34,150 para tres y $41,250 para cuatro, según las cifras del HHS publicadas el 15 de enero de 2026. Los militares en servicio activo que patrocinan a su cónyuge o hijo solo necesitan el 100%.
  • USCIS actualiza los Formularios I-864, I-864A e I-864EZ de vez en cuando, y las solicitudes con una edición vieja pueden ser rechazadas. Antes de presentar, revisa la fecha de edición que USCIS acepta en su página del Formulario I-864.

Carga pública: qué cambió el 18 de septiembre de 2026

A hand holding a U.S. permanent resident card in front of a flag

A una persona le pueden negar la green card si se considera probable que se convierta en una “carga pública” (public charge), es decir, que dependa principalmente del gobierno. El DHS publicó una regla final el 20 de julio de 2026 (91 FR 45324) que anula el reglamento de carga pública de 2022. Entró en vigor el 18 de septiembre de 2026 y aplica a las solicitudes de ajuste con matasellos o enviadas electrónicamente en esa fecha o después, y a las solicitudes de admisión hechas en esa fecha o después.

  • No hay un reglamento que lo reemplace. Ahora los oficiales deciden caso por caso según la totalidad de las circunstancias, guiados por el Manual de Políticas de USCIS y no por una regla detallada.
  • Factores. La ley exige que los oficiales consideren la edad, la salud, la situación familiar, los bienes, los recursos y la situación económica, y la educación y las habilidades. Un I-864 suficiente es obligatorio cuando aplica, pero por sí solo no resuelve la cuestión.
  • Beneficios públicos. Los beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026 se evalúan con el criterio de 2022, que se fijaba sobre todo en la asistencia en efectivo para mantener ingresos y en el cuidado institucional a largo plazo pagado por el gobierno. Para los beneficios recibidos en esa fecha o después, los oficiales pueden considerar cualquier beneficio público basado en los ingresos (means-tested).
  • Formulario revisado. El DHS dice en la regla que USCIS revisó el Formulario I-485 y sus instrucciones para reunir la información que se usa en la decisión de carga pública, incluido cualquier beneficio público basado en los ingresos que se haya recibido. Usa la edición que la página del Formulario I-485 de USCIS indica como aceptada, porque las ediciones anteriores pueden ser rechazadas.

Por ley, muchos grupos están exentos de la carga pública, incluidos los refugiados y los asilados. Algunos beneficios que usan los familiares, y no el solicitante, pueden tratarse de otra manera. Si alguien en el hogar ha usado Medicaid, SNAP, ayuda para vivienda u otros beneficios, habla con un abogado antes de presentar. Recuerda que en EE. UU. un “notario público” no es abogado.

Cómo patrocinar a un familiar, paso a paso

  1. Presenta el Formulario I-130. El patrocinador lo presenta ante USCIS, en línea o por correo, con prueba de su estatus y de la relación. La fecha de recibo se convierte en la fecha de prioridad.
  2. Espera la aprobación. USCIS revisa la petición y puede pedir más pruebas o programar una entrevista. Según la política actualizada el 5 de agosto de 2026, los oficiales pueden negar solicitudes incompletas sin enviar antes una solicitud de evidencia.
  3. Espera un número de visa (casos de preferencia). Revisa el Boletín de Visas hasta que la fecha de prioridad esté vigente.
  4. Elige cómo terminar el trámite. Un familiar en el extranjero pasa por el Centro Nacional de Visas y un consulado. Un familiar en Estados Unidos que califica puede presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus. Consulta ajuste de estatus vs. trámite consular.
  5. Envía los documentos financieros y civiles. El I-864, los registros de impuestos, los certificados de antecedentes penales (en casos consulares) y un examen médico hecho por un médico autorizado.
  6. Ve a la cita de datos biométricos y a la entrevista. Lleva los originales de todo lo que presentaste.
  7. Recibe la green card. Los solicitantes consulares pagan la tarifa de inmigrante de USCIS y reciben la tarjeta después de entrar a Estados Unidos.

¿Cuánto cuesta una green card por familia? (octubre de 2026)

ConceptoTarifa
Formulario I-130 (en papel)$675 ($625 en línea)
Formulario I-485, 14 años o más$1,440
Formulario I-485, menores de 14 que presentan con uno de sus padres$950
Permiso de trabajo, Formulario I-765, presentado con un I-485 pendiente o después$260
Permiso de viaje adelantado (advance parole), Formulario I-131$630
Declaración jurada de patrocinio económico, Formulario I-864 (USCIS)Sin costo
Tarifa de procesamiento de visa de inmigrante del Departamento de Estado (familia)$325 por persona
Revisión de la declaración jurada de patrocinio del Departamento de Estado$120 (cuando se revisa en EE. UU.)
Tarifa de inmigrante de USCIS (después de recibir la visa consular)$235

Las tarifas de USCIS vienen de 8 CFR 106.2; presentar en línea cuesta $50 menos en los formularios que lo permiten. Las tarifas del Departamento de Estado vienen de 22 CFR 22.1. El costo del examen médico lo fija el médico. A octubre de 2026, los aumentos de tarifas de la H.R. 1 (One Big Beautiful Bill Act) del 16 de octubre de 2026 no cambiaron las tarifas del I-130 ni del I-485, aunque existe una tarifa de parole aparte para algunos viajeros. Revisa siempre la lista de tarifas de USCIS (Formulario G-1055) antes de pagar, o usa nuestra calculadora de tarifas.

Problemas y riesgos comunes

  • Cambios de categoría. Casarse, divorciarse, que un hijo cumpla 21 años o que el patrocinador se haga ciudadano puede pasar al familiar a otra categoría, a veces para bien y a veces no.
  • Problemas de estatus y de entrada. Quedarse más tiempo del permitido, entrar sin autorización o trabajar sin permiso puede impedir el ajuste o activar castigos de 3 o 10 años al salir del país.
  • Paquetes incompletos. Si falta el I-864 o el examen médico, ahora te pueden negar el caso sin aviso previo.
  • Riesgo de deportación. Desde 2025, la política de USCIS le permite emitir una Notificación de Comparecencia (Notice to Appear) cuando niega una solicitud y la persona no tiene estatus legal. Pide asesoría antes de presentar si tienes cualquier violación migratoria.
  • Estafas. Paga las tarifas del gobierno solo a USCIS o al Departamento de Estado. Consulta cómo evitar estafas de inmigración.

Preguntas para hacerle a un abogado

  • ¿En qué categoría está mi familiar ahora y podría cambiar?
  • ¿Mi familiar puede ajustar su estatus en Estados Unidos o tiene que hacer el trámite en el extranjero?
  • ¿Alguien en el hogar ha usado beneficios que importen con el nuevo criterio de carga pública?
  • ¿Necesitamos un copatrocinador y cómo cuentan los bienes?
  • ¿Hay alguna violación anterior que pueda requerir un perdón?

¿Quieres ayuda para aplicar esto a tu situación? Escríbenos para que te pongamos en contacto con un abogado de inmigración participante, o consulta ayuda legal gratuita y de bajo costo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda una green card por familia?

Depende de la categoría. Los familiares inmediatos de ciudadanos de EE. UU. solo esperan el procesamiento, que varía según la oficina y se publica en la página de tiempos de procesamiento de USCIS. Los familiares de preferencia también esperan un número de visa. En el Boletín de Visas de noviembre de 2026, los hermanos de ciudadanos de la mayoría de los países llegaban a la acción final solo si habían presentado antes de finales de octubre de 2012, y las esperas para los nacidos en México o Filipinas eran más largas.

¿Cuántos ingresos se necesitan para patrocinar a un familiar?

Por lo general, el patrocinador debe demostrar en el Formulario I-864 ingresos del hogar de al menos el 125% de las guías federales de pobreza. Para 2026 en los 48 estados contiguos y D.C., eso es $27,050 para un hogar de dos personas y $34,150 para tres. Los bienes pueden ayudar, y un copatrocinador que cumpla el requisito por su cuenta puede firmar si al peticionario no le alcanza.

¿Cambió la regla de carga pública en 2026?

Sí. El DHS anuló el reglamento de carga pública de 2022, con efecto desde el 18 de septiembre de 2026. Ahora los oficiales deciden caso por caso usando los factores de la ley y las guías del Manual de Políticas, y pueden tomar en cuenta cualquier beneficio público basado en los ingresos recibido en esa fecha o después. Los beneficios recibidos antes se consideran con el criterio más limitado de 2022. USCIS también exige una nueva edición del Formulario I-485.

¿Mi familiar puede trabajar mientras espera la green card por familia?

No solo por tener un I-130 pendiente. Un familiar en Estados Unidos que presenta correctamente el Formulario I-485 puede pedir un permiso de trabajo con el Formulario I-765, que cuesta $260 cuando se presenta con un I-485 pendiente o después, a octubre de 2026. Los familiares en el extranjero no pueden trabajar en Estados Unidos hasta que entren con una visa de inmigrante.

¿La obligación de mantener al inmigrante termina con el divorcio?

No. La obligación del Formulario I-864 generalmente continúa después del divorcio. Normalmente termina cuando el inmigrante se hace ciudadano de EE. UU., acumula 40 trimestres de trabajo, sale de Estados Unidos de forma permanente o muere. El inmigrante patrocinado, o ciertas agencias del gobierno que dieron beneficios, pueden hacerla cumplir en la corte.

¿Puedo presentar el I-130 en línea?

Sí, en la mayoría de los casos el peticionario puede presentar el Formulario I-130 en línea con una cuenta de USCIS, y la tarifa es $50 más baja que en papel, a octubre de 2026. Una regla provisional de 2026 también permite que USCIS haga obligatoria la presentación electrónica para ciertos formularios después de dar aviso, así que revisa la página del formulario antes de presentar.

¿A qué familiares puede patrocinar un ciudadano de EE. UU. para una green card?

Un ciudadano de EE. UU. puede patrocinar a su cónyuge, a sus hijos solteros menores de 21 años, a sus hijos e hijas solteros de 21 años o más (F1), a sus hijos e hijas casados (F3), a sus padres si el ciudadano tiene al menos 21 años, y a sus hermanos si el ciudadano tiene al menos 21 años (F4). Una persona con green card solo puede patrocinar a su cónyuge y a sus hijos solteros. No se puede patrocinar directamente a abuelos, primos, tíos ni suegros o cuñados.

Fuentes oficiales

  1. USCIS – Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero
  2. Departamento de Estado de EE. UU. – Boletín de Visas de noviembre de 2026
  3. USCIS – Tablas para presentar el ajuste de estatus según el Boletín de Visas
  4. USCIS – Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
  5. USCIS – Formulario I-864P, Guías de pobreza del HHS para la declaración jurada de patrocinio
  6. Federal Register – Actualización anual de las guías de pobreza del HHS, 91 FR 1797 (15 de enero de 2026)
  7. Federal Register – Causa de inadmisibilidad por carga pública, regla final, 91 FR 45324 (20 de julio de 2026)
  8. USCIS – Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
  9. eCFR – 8 CFR 106.2, tarifas de USCIS (con enmiendas hasta el 30 de septiembre de 2026)
  10. eCFR – 8 CFR 106.1(g), descuento por presentar en línea
  11. eCFR – 22 CFR 22.1, lista de tarifas del Departamento de Estado
  12. Federal Register – Presentación electrónica obligatoria (e-Filing), regla final provisional, 91 FR 51924 (11 de agosto de 2026)

Información general, no asesoría legal. Las reglas de inmigración cambian y cada caso es diferente; habla con un abogado de inmigración calificado sobre tu situación. USVisa.com no es un sitio web del gobierno. ¿Viste un error? Avísanos.